SERVICIO:

Agencia Valenciana de Salud. Conselleria Sanidad

 

¿QUÉ ES?

Habilita al acceso a la cartera común básica de servicios, en las mismas condiciones de igualdad efectiva y calidad que el resto de usuarios del SNS.

 

Se incluye la realización de métodos diagnósticos, preventivos y terapéuticos. En el caso de que el proceso asistencial lo requiera, el tratamiento farmacológico.

 

REQUISITOS:

  1. Tener la condición de extranjero, mayor de edad, no registrado ni autorizado a residir en España.

  2. Acreditar que se está empadronado con residencia efectiva en algún municipio de la Comunitat Valenciana un mínimo de tres meses

  3. No tener reconocido por el Instituto  Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM) la condición de asegurado o beneficiario del sistema nacional de salud, ni tener posibilidad de acceso a cobertura sanitaria pública por cualquier otro título y no poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde el país de  origen o procedencia.

  4. No poder acceder a cobertura sanitaria en el SNS al amparo de los reglamentos comunitarios y convenios internacionales existentes en materia de asistencia sanitaria.

  5. Acreditar, mediante el informe social correspondiente, la imposibilidad de suscripción del convenio especial a que se refiere el Decreto 190/2013, de 20 de diciembre, del Consell.

 

¿DONDE SOLICITARLO?

En el Centro de Salud que corresponda por domicilio

NORMATIVA

DECRETO LEY 3/2015, de 24 de julio, del Consell. Ver Decreto Ley

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